Quejas por las colonias de gatos callejeros en la calle Alonso de Aguilar

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Gatos en la entrada de una casa en la calle Alonso de Aguilar

AGUILAR. Vecinos de la calle Alonso de Aguilar han mostrado públicamente sus quejas por las colonias de gatos callejeros que, de un tiempo a esta parte, “han inundado esta avenida de la barriada del Carmen”. En concreto hacen referencia al tramo que discurre desde la glorieta hasta el cruce del Mercadona.

Según indican a AGUILAR NOTICIAS “hemos tenido varios altercados peligrosos y de salud pública puesto que son habituales los vómitos, defecaciones, orines en los acerados y en las puertas de las casas o en jardines, ventanas y alféizares”.

Estos vecinos añaden que la calle es un “asco absoluto y un peligro ya que los niños pequeños en cualquier momento pueden tocar estos desechos y llevárselo a la boca con el consiguiente peligro para su salud”.

Los vecinos van todavía más allá y afirman que “estos gatos tienen enfermedades graves como la rabia, pulgas, garrapatas, hongos, piojos o ácaros”.  “Al moverse con total libertad por las puertas de las viviendas y por sus ventanas están esparciendo estos focos de infección por todos los rincones”.

Las molestias al parecer también son evidentes por los ruidos que, sobre todo de madrugada, se producen por peleas o por los estados de celo que hacen que maúllen durante horas y horas incluso en los portales de las viviendas.

COMIDA EN LA CALLE

El colectivo de vecinos también se refiere a la costumbre de algunas personas de depositar comida en la vía pública para estos animales. Una comida, afirman, “que atrae a otros animales como ratas o gusanos”.

Por este motivo solicitan que desde el Ayuntamiento se tomen cartas en el asunto para erradicar estas colonias de gatos callejeros.

LEGISLACIÓN

Los vecinos indican que Andalucía cuenta  con la vigente Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección Animal, que deja claro que la competencia en la gestión de los centros de animales abandonados y perdidos y de los servicios de recogida y transporte de dichos animales será de los Ayuntamientos, correspondiendo a la Consejería así como al Ministerio los aspectos higiénico-sanitarios en virtud de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal.
El artículo 27.3 de la ley andaluza dispone que corresponderá a los Ayuntamientos la recogida y transporte de los animales abandonados y perdidos, debiendo hacerse cargo de ellos por un plazo mínimo de 10 días hasta que sean cedidos o, en último caso, sacrificados.

Así, según los vecinos “corresponde a los municipios, dentro de su término municipal, la recogida y traslado de animales domésticos abandonados (perros, gatos…) y de aquellos que vaguen libremente sin el control de sus poseedores, debiendo alojarlos hasta su recuperación por el propietario (si lo hubiera, que no lo hay porque son callejeros), cesión a terceros (adopción) o sacrificio”.

Desde el vecindario no quieren que se actúe como en otras ocasiones que una vez castrados los han vuelto a soltar libremente en la misma calle.

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