AGUILAR. La Junta de Andalucía ha decidido hoy modificar el nivel de alerta en el Distrito Sanitario Sur de Córdoba en el que se encuentra Aguilar. Este nivel se ha elevado hasta el cuatro grado 1 por el incremento de contagios en toda la comarca.
De este modo habrá de nuevo importantes cambios, sobre todo, en el horario de cierre de establecimientos de hostelería y restauración.
Hay que tener en cuenta que el comité de expertos de la Junta ha decidido hoy establecer dos días diferentes para la entrada en vigor de las medidas.
Por una parte las medidas que se refieren a reducción de aforos en locales públicos que entrarán en vigor a las doce de la noche de este mismo jueves, y por otro, las que hacen referencia a la reducción de horarios de apertura de la hostelería que no entrarán en vigor hasta las doce de la noche del sábado.
Las medidas se prolongarán durante siete días desde la entrada en vigor de cada una de ellas.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
De este modo los bares y restaurantes de Aguilar deberán cerrar a partir de este próximo domingo a las 20.00 horas y no a las 22.30 cómo venía haciéndose hasta el momento. Se podrán recoger pedidos hasta las 22.30 horas. Se podrán encargar por teléfono hasta las 22.30 horas para ser entregados a domicilio hasta las 23.30 horas. Hostelería sin música: Aforo del 30 % en interior local y 75 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre). Hostelería con música y especiales con música: Aforo del 30% en interior y local y 75 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre) (los exclusivos de bebidas deben cerrar). Prohibido consumo en barra. Mesas o agrupaciones máximo 6 personas. Distancia 1,5 m entre sillas diferentes mesas o agrupaciones. Eliminación servicio buffet. No aplica horario cierre a los de régimen especial (3).
PROHIBICIÓN DE FERIAS Y VERBENAS
En este nivel de alerta quedan prohibidas las ferias y verbenas.
CELEBRACIONES Y BANQUETES
Si en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. Si en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 30% con máximo de 30 personas interior y 50 exterior. Servicio en mesas de máximo 4 personas.
CEREMONIAS CIVILES
Aforo del 30% tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas.
DISCOTECAS Y LOCALES DE OCIO NOCTURNO
Deben permanecer cerrados
ESTABLECIMIENTOS RECREATIVOS (RECREATIVOS INFANTILES, CENTROS DE OCIO INFANTIL Y ATRACCIONES DE FERIA)
Los establecimientos recreativos infantiles que se destinan a ofrecer juegos y atracciones recreativas diseñados específicamente para público de edad igual o inferior a 12 años, espacios de juego y entretenimiento, así como la celebración de fiestas infantiles, permanecerán cerrados. Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 40% lugares abiertos y 15% aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento al 30% mantener la distancia de seguridad interpersonal (salvo convivientes). Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 20% salvo que no se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal que permanecerán cerradas.
INSTALACIONES DEPORTIVAS
Aforo máximo del 40 % tanto las cerradas como al aire libre para deportistas. Eventos deportivos, entrenamientos y competiciones sin espectadores. Aforo del 40 % en academias de baile. Deporte no federado no podrá realizarse deporte de grupo que no garantice mantenimiento de distancia seguridad interpersonal. En todo caso máximo de 6 personas por grupo. Las actividades aeróbicas o clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 6 personas conformadas en grupos estables.
LOCALES DE APUESTAS
Aforos del 40% en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. Cierre 21: 30h.
PEÑAS Y ASOCIACIONES
Aforos del 30% y distanciamiento interpersonal de 1,5 m. Actividad de restauración deben cumplir las normas de hostelería y restauración. Cierre a las 18h.
PISCINAS DE USO COLECTIVO
Aforo 40% del permitido.
VELATORIOS Y ENTIERROS
Máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 6 en espacios cerrados, salvo que todos sean convivientes.
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