AGUILAR. Desde hoy martes, 11 de mayo, están vigentes los nuevos límites de velocidad a los que se debe circular en ciudad.
En general hay que tener en cuenta que la velocidad se limita de forma gnérica a 20, 30 o 50 kilómetros por hora según el tipo de vía.
Aunque los nuevos límites han entrado en vigor hoy desde la Dirección General de Tráfico se da un plazo de seis meses a los Ayuntamientos para que adapten la nueva señalización y para que los ciudadanos conozcan la nueva normativa.
CÓMO AFECTA LA NUEVA NORMATIVA A AGUILAR
CALLES EN LAS QUE NO SE PODRÁ CIRCULAR A MÁS DE 20
Nuestra ciudad también se verá afectada por esta nueva regulación. Y es que, desde hoy, habrá que circular a tan sólo 20 kilómetros por hora como máximo en todas las calles que sean de plataforma única. Hay que recordar que en los últimos años muchas calles de Aguilar se están transformando en plataforma única.
Así, por ejemplo, no se podrá ir a más de 20 kilómetros por hora en las calles Mercaderes, Carmen, plaza del Carmen, Lorca, Arrabal, Belén en su primer tramo, Moros, Alférez, Pozuelo en su último tramo, Tejar en su primer tramo, San Roque en su tramo intermedio, Ipagro o don Teodoro. Es decir en todas las que tengan una misma plataforma para los peatones y los coches.
TODAS LAS DEMÁS CALLES COMO MÁXIMO A 30
Respecto al resto de calles del casco urbano de Aguilar todas tendrán un límite máximo de 30 kilómetros por hora. Y es que la normativa estipula que las vías urbanas que cuenten con un solo carril por sentido deberán contar con ese tope máximo. En el casco urbano aguilarense no hay ninguna calle que cuente con dos carriles en un mismo sentido.
Esta limitación afectará también a recorridos como la avenida de Córdoba o la avenida de Antonio Sánchez, antiguas travesías de la N-331 y de la carretera de Puente Genil. Es decir que el límite en esas vías también será de 30 kilómetros por hora y no de 50 cómo hasta ahora.
De igual manera, la nueva normativa permite que estas nuevas velocidades genéricas puedan ser reducidas por los Ayuntamientos si así lo consideran, aunque deberán instalar previamente la señalización que indique el límite diferente.
Por otro lado, excepcionalmente, la Autoridad municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido, hasta una velocidad máxima de 50 km/h.
Según los expertos, reducir la velocidad en ciudad de 50 km/h a 30 km/h disminuye cinco veces el riesgo de fallecer debido a un atropello.
MULTAS Y PUNTOS CON LOS NUEVOS LÍMITES
De esta manera, a partir de hoy deberemos cumplir las nuevas limitaciones, pues no hacerlo supondrá una multa.
Las infracciones por exceder la velocidad fijada por la vía, dependiendo de en cuánto se excedan el límite impuesto, pueden ser o bien graves o bien muy graves, conllevando resta de puntos en algunos casos (entre dos y seis).
Y en cuanto a las sanciones, oscilan entre los 100 y los 600 euros (la mitad si nos atenemos al pronto pago).
Límite 30 km/h
TIPO DE INFRACCIÓN | MULTA | PUNTOS | |
31 KM/H – 50 KM/H | Grave | 100 euros | – |
51 KM/H – 60 KM/H | Grave | 300 euros | 2 |
61 KM/H – 70 KM/H | Grave | 400 euros | 4 |
71 KM/H – 80 KM/H | Grave | 500 euros | 6 |
81 KM/H O MÁS | Muy grave | 600 euros | 6 |
Límite 20 km/h
TIPO DE INFRACCIÓN | MULTA | PUNTOS | |
21 KM/H – 40 KM/H | Grave | 100 euros | – |
41 KM/H – 50 KM/H | Grave | 300 euros | 2 |
51 KM/H – 60 KM/H | Grave | 400 euros | 4 |
61 KM/H – 70 KM/H | Grave | 500 euros | 6 |
71 KM/H O MÁS | Muy grave | 600 euros | 6 |